La antigüedad de los clubes de fútbol españoles ha sido objeto de un debate permanente desde la década de 1920. Los directivos de algunos equipos, interpretando la historia de forma subjetiva y en algunos casos, manipulándola de forma deliberada, se apropiaron de la identidad de otros clubes de la ciudad con el fin de que el club más representativo de la misma alcanzara un mayor prestigio.
Los tristes acontecimientos recientes en los que se ha visto envuelto el Real Murcia, una de las tres entidades deportivas más antiguas de la región, y el club de fútbol con mayor edad de la misma, han suscitado un amargo debate entre quienes desean mantener viva la memoria del club que heredaron de sus abuelos, y que quieren legar a sus nietos (prácticamente la totalidad del murcianismo) y un minúsculo sector que aboga por la desaparición del Real Murcia, argumentando que el club es insostenible por su delicada situación económica, y que sería más conveniente empezar desde cero.
Algunas de las voces que defienden esta segunda opción hablan de “refundar” el Real Murcia en el hipotético (y nada deseable) caso de que el club desapareciera. Esto sería del todo imposible, pues un club de fútbol no se puede refundar y, en el caso concreto del Real Murcia, sería imposible reconstituirlo. Otra cuestión muy diferente sería legalizar un club nuevo o “apropiarse” de otro ya existente, utilizar una denominación parecida, el mismo color del uniforme y diseñar un escudo similar. En definitiva disfrazar a otro club (sea de reciente creación, o sea una sociedad con una cierta historia) como el nuevo Real Murcia. A todos los efectos estaríamos hablando de un club diferente.
¿Por qué no se puede refundar el Real Murcia? La respuesta es tan sencilla como formular una segunda pregunta.
¿Por qué no puede renacer una persona? Obviamente, porque una persona sólo nace una vez.
Por la misma regla de tres ¿Por qué no se puede refundar un club de fútbol? Obviamente, porque un club de fútbol sólo se funda una vez.
El verbo refundar y el sustantivo refundación (utilizados de forma equivocada a la hora de referirse a equipos de fútbol de reciente creación en poblaciones en las que ha desaparecido un club más antiguo) pierde totalmente su sentido, si nos atenemos a la segunda acepción del verbo refundar que recoge el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española.
REFUNDAR: “Revisar la marcha de una entidad o institución, para hacerla volver a sus principios originales o para adaptar estos a los nuevos tiempos”.
La propia definición aclara que “se revisa la marcha de UNA entidad”. En el hipotético caso de que desaparecía el Real Murcia y se le cambiara la denominación a otro club para convertirlo en el nuevo Real Murcia, estaríamos hablando de dos entidades diferentes: la ya disuelta y la que no tiene deudas, por lo que en ningún caso se podría aplicar esta definición. Para evitar cualquier tipo de confusión al respecto, la federación correspondiente designa un número identificativo a cada sociedad, al que podemos considerar como el DNI de la misma.
Es decir que ni en términos prácticos, ni en terminología etimológica es posible refundar un equipo de fútbol. En todo caso se fundaría un club diferente.
Otra cuestión diferente es la reconstitución de un club de fútbol, es decir según la definición del Diccionario de la Real Academia de la Lengua “Volver a constituir, rehacer”.
Una vez que ha quedado claro que es imposible “refundar” el Real Murcia, en el supuesto de que desapareciera el club ¿se podría reconstituir?
No, porque la sociedad quedaría extinguida por decisión judicial. Un caso diferente es el de aquellos clubes que no son sociedades anónimas. Por ejemplo, un equipo de fútbol de categoría regional que desapareciera por no poder hacer frente a las deudas, podría reconstituirse en el caso de que abonara la cantidad económica que se le reclama, o en el improbable caso de que el organismo pertinente permitiera que (aún sin saldar estas deudas) pudiera participar en la competición.
¿Se ha reconstituido el Real Murcia en alguna ocasión a lo largo de su historia?
Sí, la Ley del Deporte aprobada en octubre de 1990 obligó a todos los clubes de fútbol profesionales (a excepción del Real Madrid, Barcelona, Athletic de Bilbao y Osasuna) a convertirse en sociedades anónimas deportivas. En consecuencia, el Real Murcia tuvo que modificar sus estatutos. Desde su fundación el presidente del Real Murcia había sido elegido por los socios de la entidad. Una vez finalizada la conversión en sociedad anónima deportiva el club dejó de pertenecer a sus socios y pasó a ser una empresa que emitió acciones. En consecuencia la persona que tuviera un mayor número de acciones sería el máximo mandatario del club (aunque pudiera designar como presidente a una tercera persona). En el año 1999, una vez realizada la reconstitución, el Real Murcia CF, pasó a denominarse Real Murcia CF, SAD. La reconstitución de una sociedad no altera en modo alguno la antigüedad de la misma.
¿Existe algún modelo diferente de reconstitución? Y de ser así ¿existe algún ejemplo en el fútbol regional murciano?
Un club se puede reconstituir en cualquier momento, siempre que no tenga cargas y que no haya sido disuelto, aunque pasen décadas sin que exista actividad. Muchos equipos finalizan la temporada y cesan su actividad, pero no por ello desaparecen, si no que quedan una situación de hibernación a la espera que un tiempo después (pueden pasar varios años) la sociedad elija una nueva junta directiva que devuelva la actividad al club.
En el fútbol regional existe un ejemplo muy peculiar que posiblemente sea único en España.
El Club Deportivo Aguileño desapareció en el año 1921 por una deuda que contrajo con la Federación Levantina que ascendía a más de 2.000 pesetas, una cifra astronómica en aquellos tiempos para un club tan modesto. En 1925 un grupo de jóvenes aguileños trataron de dar de alta al club, pero se encontraron con la negativa de la Federación (en este caso la Murciana a la que todos los clubes de la provincia pasaron a pertenecer desde 1924) que les advirtió que sería imposible dar de alta al equipo mientras que no se saldara la deuda.
En el año 1977 varias personas nostálgicas de aquel club pagaron la cantidad adeudada, con el fin de reconstituir el Club Deportivo Aguileño, si bien tres años después el equipo desapareció.
¿Es el Yeclano Deportivo fundado en 2004 una reconstitución del antiguo Yeclano Club de Fútbol fundado en 1958?
No. Como se ha comentado anteriormente, en el mismo momento en el que un club se inscribe en la federación correspondiente recibe un número identificativo que es como el DNI. Por tanto, en ningún caso puede reclamar la antigüedad de una sociedad que dispone de otro número identificativo diferente. Cualquier sociedad que se legalice, o que altere su denominación original, ha de tener una denominación diferente a cualquier otra, esté o no extinguida.
El Yeclano Deportivo se considera heredero del histórico Yeclano Club de Fútbol, no sólo por ser un club de la misma ciudad y por jugar en el mismo estadio, si no, especialmente por adoptar una denominación parecida, el mismo color del uniforme y un escudo casi idéntico al del extinto club. Sin embargo, a todos los efectos, son dos sociedades completamente diferentes y como tal, cada una de ellas tiene un número identificativo distinto.
Comentarios
Lo ideak es hacer uno nuevo. Esto es insostenible
Si tuviéramos las ayudas que ha tenido toda la vida tu Murcia no se hubiera dado lugar a ello.